Al no estar amparada por declaración de importación, división de fiscalización sí puede aprehender mercancía en zona franca (3:33 p.m.)
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13 de Noviembre de 2015
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En un reciente concepto, la Dian explicó que las divisiones de gestión de fiscalización de las direcciones seccionales, en atención a las facultades de control posterior y para verificar el cumplimiento de las obligaciones en las operaciones de comercio exterior, podrán ejecutar medidas cautelares necesarias para la debida conservación de la prueba, incluyendo la aprehensión de la mercancía en zona franca y cuando exista la causal correspondiente para tomar dicha medida. En ese sentido, recordó que el artículo 232-1 del Decreto 2685 de 1999 establece cuándo se entiende que la mercancía no ha sido declarada a la autoridad aduanera. Así mismo, manifestó que las causales de aprehensión y decomiso, en control posterior en el régimen de importación, son las señaladas en el artículo 502. De igual manera, según agregó la entidad, el artículo 409 contiene las obligaciones de los usuarios operadores de las zonas francas permanentes. A su vez, el numeral 12 del artículo 4º de la Resolución 9 del 2008, entre otras funciones de la División de Gestión de Fiscalización, define la de adoptar medidas cautelares tales como la aprehensión, inmovilización o custodia, sobre las mercancías que infrinjan el régimen de aduanas, con arreglo a la normativa vigente, puntualizó la autoridad tributaria.
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