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Término para solicitar extensión de jurisprudencia es de 30 días desde la negativa de la administración (3:50 p.m.)

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05 de Julio de 2013

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En relación con la oportunidad para formular la solicitud de extensión de la jurisprudencia, el solicitante podrá acudir dentro de los 30 días siguientes a la negativa de la administración, señaló la Sección Segunda del Consejo de Estado. En este contexto, si la respectiva solicitud se presenta en forma extemporánea se debe rechazar, de acuerdo con el antepenúltimo inciso del artículo 102 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) (C. P. Gustavo Eduardo Gómez).

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