Suspenden y multan a dos abogados por no actualizar su domicilio profesional (4:28 p.m.)
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10 de Diciembre de 2018
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La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó una sentencia que multa y suspende por cuatro meses a dos abogados que cometieron una falta contra los deberes que impone la profesión. En efecto, se trata de la falta (numeral 13 del artículo 33 de la Ley 1123 del 2007) y, en consecuencia, del deber (numeral 15 del artículo 28) de tener un domicilio profesional conocido, registrado y actualizado ante el Registro Nacional de Abogados para la atención de los asuntos encomendados. Según el fallo, los profesionales, designados como defensores de oficio dentro de una investigación disciplinaria contra un litigante, omitieron informar a dicha unidad una dirección actualizada, por lo que no fue posible notificarles que eran requeridos (M. P. Julia Emma Garzón).
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