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Suspenden por seis meses a abogada que aconsejó iniciar un proceso improcedente (3:40 p.m.)

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28 de Octubre de 2019

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La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó la sanción de seis meses de suspensión a una abogada que incurrió en las faltas contra la honradez, previstas en el artículo 34 (literal a) y 35 (numeral cuarto) de la Ley 1123 del 2007. En efecto, la primera la configuró al suscribir un contrato de prestación de servicios que tenía por objeto “tramitar y llevar hasta su terminación demanda de obligación de hacer”, para, supuestamente, obligar la suscripción de la escritura de un inmueble, pese a que antes de obligarse había conocido los documentos que certificaban que ese bien había sido dado en venta a otras personas por los promitentes vendedores y se encontraba registrado en la oficina de registro e instrumentos públicos. Pero, además, la misma profesional se quedó con el dinero entregado para cumplir con un acuerdo de pago (M. P. Julia Emma Garzón).

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