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Sancionan a juez que jugaba billar en horario laboral (4:06 p.m.)

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08 de Enero de 2019

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El Consejo Superior confirmó la sentencia que sanciona a un juez con inhabilidad y suspensión de dos meses en el ejercicio del cargo por cometer la falta descrita en los numerales 1° y 2° del artículo 154 de la Ley 270 de 1996 y el artículo 196 de la Ley 734 del 2002, a título de dolo. La acción disciplinaria inició por varios correos electrónicos enviados por el presidente de una veeduría ciudadana, en los cuales señalaba que el juez promiscuo municipal de su localidad se ausentaba del sitio de trabajo para dedicarse a jugar billar en horas laborales. La Sala confirmó que el togado desatendía sus labores y suspendía la prestación del servicio para una actividad lúdica, varios ciudadanos inconformes testificaron sobre la actitud del representante de la administración de justicia (M. P. María Lourdes Hernández).

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