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Sancionan a abogada por incumplir sus deberes como curadora ad litem (8:20 a.m.)

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18 de Marzo de 2019

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La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó una sentencia que sanciona a una abogada con censura, luego de cometer una falta relacionada con la debida diligencia. Se trata del numeral 1° del artículo 37 (a título de culpa) de la Ley 1123 del 2007, el cual se refiere a demorar la iniciación o prosecución de las gestiones encomendadas o dejar de hacer oportunamente las diligencias propias de la actividad legal, descuidarlas o abandonarlas. Según reseña el proceso, la disciplinada se sustrajo sin justa causa del deber de actuar dentro de un proceso ejecutivo, en su condición de curadora ad litem del acreedor hipotecario. Se pudo comprobar en el proceso que fue debidamente notificada y recibió por parte del demandante la suma $ 370 mil por concepto de gastos de la curaduría (M. P. Fidalgo Javier Estupiñán).

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