Sala Civil recuerda diferencias entre la fuerza probatoria formal y la material (8:48 a.m.)
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20 de Mayo de 2013
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La fuerza probatoria formal se refiere a que el medio cumpla con los requisitos legales para poder ser tenido en cuenta dentro de un proceso, mientras que la material aduce a la suficiencia de motivos para formar en la mente del sentenciador la convicción respecto del hecho investigado. De esta manera, la Corte Suprema de Justicia recordó que en una demanda de casación si el cuestionamiento obedece a la fuerza o valor material de la prueba, porque el impugnante estima que a partir de su contenido se extrae un alcance distinto al que el juez le otorgó, entonces deviene ostensible que esa acusación se refiere a un asunto de hecho y no de de derecho (M.P. Ariel Salazar Ramírez).
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