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Recurso para cuestionar decisión de negar por improcedente solicitud de comparecencia de peritos es la reposición

No se advierte que el auto que niega por improcedente una solicitud de comparecencia de peritos a la audiencia de pruebas este consagrado en el artículo 243 del CPACA.
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31 de Marzo de 2023

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La decisión que niega por improcedente una solicitud de comparecencia de peritos a la audiencia de pruebas no es susceptible de ser cuestionada a través del recurso de apelación, en los términos del artículo 243 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) y teniendo en cuenta que el numeral 7° de dicha norma solo es aplicable para los eventos en que se “(…) niegue el decreto o la práctica de pruebas (…)”.

De modo que solo pueden ser cuestionadas a través del recurso de alzada aquellas decisiones que el legislador así consideró expresamente, bien sea en el estatuto de lo contencioso administrativo o en cualquier otra norma que, por remisión, resultare aplicable al caso concreto (C. P.: Roberto Augusto Serrato Valdés).

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