Suspenden por varios meses a abogada que utilizó un aviso falso de lanzamiento (8:00 a.m.)
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11 de Septiembre de 2017
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La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó la sentencia por medio de la cual se suspendió por ocho meses del ejercicio de la profesión a una abogada luego de cometer la falta la descrita en el numeral 11 del artículo 33 de la Ley 1123 del 2007. Este tipo disciplinario se configura por usar pruebas o poderes falsos, desfigurar, amañar o tergiversar las pruebas o poderes con el propósito de hacerlos valer en actuaciones judiciales o administrativas. En efecto, la disciplinable envió al inmueble de su cliente un aviso apócrifo a través del cual anunciaba a la moradora de la vivienda la realización de una diligencia de lanzamiento, lo cual precipitó su salida abrupta del inmueble. Tiempo después se pudo comprobar que tal documento era falso y que, por tanto, no existía ninguna orden en tal sentido de parte de autoridad jurisdiccional alguna. En esa dirección, concluye el fallo, se demostró que esta incurrió en la falta contra la recta y leal realización de la justicia y los fines del Estado (M. P. Magda Victoria Acosta).
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