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Suspenden por dos años a abogado por no entregar a sus clientes casi $ 50 millones de acreencias laborales (3:14 p.m.)

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29 de Septiembre de 2017

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El Consejo Superior de la Judicatura confirmó una sentencia que sanciona a un litigante con suspensión de dos años en el ejercicio de la profesión por cometer una falta contra la honradez. En efecto, fue hallado responsable de incurrir en la falta prevista en el numeral 4° del artículo 35 de la Ley 1123 del 2007, a título de dolo. Esta conducta disciplinaria se configura por no entregar a quien corresponda y a la menor brevedad posible dineros, bienes o documentos recibidos en virtud de la gestión profesional. Según comprobó la Sala, el disciplinable, a pesar de haber cobrado las acreencias laborales cedidas por cuatro trabajadores, no entregó el dinero que les correspondía; más aún, se pudo comprobar que no les devolvió ni siquiera una mínima parte del dinero recaudado como consecuencia del proceso, sino que, por el contrario, “se guardó la totalidad del dinero recibido, esto es, casi $ 50 millones” (M. P. Camilo Montoya Reyes).

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