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Sentencia inhibitoria es la antítesis de la función judicial: Consejo de Estado(4:13 p.m.)

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12 de Mayo de 2016

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La Sección Segunda del Consejo de Estado adoptó los lineamientos de la Corte Constitucional para recordar que la expedición de sentencias inhibitorias debe ser excepcional. En su criterio, la función judicial está dirigida a resolver los conflictos que surgen en el seno de la sociedad, en aplicación de los artículos 228 y 229 de la Constitución Política. En ese sentido, reiteró, los jueces tienen la obligación de adoptar decisiones de fondo en los asuntos materia de proceso y solo en determinados casos, en los que el juez tenga certeza que no hay otra alternativa, procederá la inhibición. Para la corporación, la interpretación de las reglas procesales debe permitir la realización, en la mayor medida posible, del derecho de acceso a la administración de justicia, en sentido material (C. P. William Hernández Gómez).

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