Sancionan a juez por faltar varios días y posesionar a funcionarios por fuera de su despacho (10:46 a.m.)
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06 de Agosto de 2019
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Revocando parcialmente la decisión de instancia, el Consejo Superior de la Judicatura suspendió e inhabilitó con seis meses a un juez civil municipal por incurrir en la falta prevista en el numeral 2° del artículo 154 de la Ley 270 de 1996, a título de dolo. Según la Sala Disciplinaria, se comprobó la inasistencia de varios días del togado a su lugar de trabajo, a tal punto que, en palabras de la Corporación, “de manera descarada posesionó a sus empleados por fuera de su despacho judicial”, configurándose de esta manera el abandono de sus labores, sin autorización previa (M. P. María Lourdes Hernández).
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