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Sancionan a abogado por prestar su firma en un poder para que un empleado público litigara (9:26 a.m.)

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26 de Febrero de 2018

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La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó la sentencia por medio de la cual se suspende dos meses del ejercicio profesional a un litigante por la comisión de las faltas descritas en el numeral 6° del artículo 30 y en el numeral 1° del artículo 37 de la Ley 1123 del 2007. Estas faltas disciplinarias se configuran al patrocinar el ejercicio ilegal del Derecho y, así mismo, por demorar la iniciación o prosecución de las gestiones encomendadas. Según reseña el proceso, el litigante prestó su firma para suscribir un poder dentro de un proceso de fijación de cuota alimentaria, con el fin de que un colega inhabilitado pudiera ejercer efectivamente el mandato. En palabras de la Sala, “el disciplinado patrocinó el ejercicio ilegal de la abogacía, debido a que prestó su firma para que un empleado público litigara, pese a la prohibición que existe al respecto”. Encuentre los detalles del caso y las demás consideraciones de la corporación en el documento adjunto a esta nota.

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