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Sancionan a abogada por no actualizar sus datos en el Registro Nacional de Abogados (9:34 a.m.)

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10 de Mayo de 2018

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La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó una sentencia que sanciona a una abogada con censura por cometer una falta contra los deberes que impone la profesión. En efecto, se trata de la falta  (numeral 13 del artículo 33 de la ley 1123 del 2007) y, en consecuencia, del deber (numeral 15 del artículo 28) de tener un domicilio profesional conocido, registrado y actualizado ante el Registro Nacional de Abogados para la atención de los asuntos encomendados. Según el fallo, la disciplinada omitió, desde el 2005, informar a dicha unidad una dirección actualizada, por lo que no fue posible notificarle que era requerida para que se hiciera parte en una denuncia por abuso de confianza y demanda de rendición espontánea de cuentas (M. P. Magda Acosta).

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