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Procuraduría pidió la inexequibilidad de la prohibición para objetar el dictamen pericial (9:01 a.m.)

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14 de Octubre de 2010

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La Procuraduría General le pidió a la Corte Constitucional que declare inexequible la expresión “en ningún caso habrá lugar a objeción del dictamen”, contenida en el artículo 25 de la Ley de Descongestión (Ley 1395 del 2010), por estimar que vulnera el debido proceso y el principio de primacía del derecho sustancial, pues dispone que no habrá lugar a objetar el dictamen pericial. Según el Ministerio Público, privar a las partes de la oportunidad de desvirtuar, de la mano de expertos, la opinión errónea de un perito las deja indefensas en el proceso, pues el juez no tiene ningún elemento de juicio calificado sobre la materia del dictamen y está supeditado a creer en la opinión del perito, así ella sea errónea, y en muchos casos la definición del litigio suele depender del dictamen pericial.

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