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Precedentes de la Corte Constitucional deben tener prelación sobre otros: Procuraduría (9:58 a.m.)

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26 de Octubre de 2011

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La extensión de los efectos de las sentencias de unificación jurisprudencial dictadas por el Consejo de Estado, en casos en los que se reconoce un derecho a quienes lo soliciten y acrediten los mismos supuestos fácticos y jurídicos, incluye los precedentes de la Corte Constitucional. Los precedentes reconocidos por la Corte Constitucional al realizar el control de constitucionalidad se deben tener en cuenta con prelación frente a los demás. Así lo señaló la Procuraduría General de la Nación al pedir que se condicione la exequibilidad de la expresión “las autoridades deberán extender los efectos de una sentencia de unificación jurisprudencial dictada por el Consejo de Estado, en la que se haya reconocido un derecho, a quienes lo soliciten y acrediten los mismos supuestos fácticos y jurídicos”, contenida en el artículo 102 de la Ley 1437 del 2011.

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