Por quedarse con $ 17 millones de su cliente, litigante fue excluido de la profesión (4:32 p.m.)
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02 de Mayo de 2018
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El Consejo Superior de la Judicatura confirmó la sanción de exclusión de la profesión a un abogado por incurrir, principalmente, en la falta prevista en el numeral 4° del artículo 35 de la Ley 1123 del 2007, a título de dolo. En efecto, el disciplinado no entregó $ 17 millones a su cliente producto de una gestión profesional. La Sala confirmó la decisión de instancia que sostenía que el litigante era merecedor de esta drástica sanción, teniendo en cuenta la trascendencia social de la conducta, la modalidad de la misma y los antecedentes disciplinarios allegados, siendo reiterativa, en tres oportunidades, la falta a la honradez del abogado (M. P. Julia Emma Garzón).
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