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Modificaciones de promesa de compraventa deben constar por escrito (11:01 a.m.)

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26 de Diciembre de 2014

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Como la ley exige que el contrato de promesa de compraventa conste por escrito, sus modificaciones o adiciones deben realizarse a través del mismo medio. Así lo reiteró la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, al indicar que la formalidad del escrito es un requisito para la existencia de ese negocio y no simplemente condición ad probationem, por ende, son inadmisibles otros elementos de confesión diferentes a esa forma, incluida la confesión de las partes. Adicionalmente, la sentencia explicó que las promesas pueden consagrar el cumplimiento anticipado de todo o parte de las obligaciones que habrán de surgir del contrato comprometido, pero el incumplimiento de esos deberes lo será de la promesa y no de este último (M. P. Jesús Vall de Rutén).

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