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Litigante fue suspendido por permitir que su cliente suscribiera un acuerdo conciliatorio ilegal (9:23 a.m)

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09 de Junio de 2017

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La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó la sanción de un año de suspensión en el ejercicio profesional a un abogado, la decisión de instancia fue proferida por el Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander. El litigante fue hallado responsable, principalmente, de incurrir en la falta prevista en el numeral 2° del artículo 33 de la Ley 1123 del 2007, a título de dolo. Este tipo disciplinario se configura cuando  se promueve una causa o actuación contraria a Derecho. De acuerdo con las pruebas allegadas al proceso, la Sala comprobó que este permitió que su mandante suscribiera un acuerdo conciliatorio ilegal, en el cual  se establecía que los activos de una sociedad conyugal estaban en cero. “El abogado está comprometido a asesorar en debida forma a su cliente, pues tiene el conocimiento técnico y las competencias para gestionar un resultado exitoso, desde la legalidad, para su cliente. De ahí que  cuando proyecta y permite que su mandante suscriba un acuerdo ilegal desconoce sus deberes éticos”, concluye el fallo (M. P. Magda Victoria Acosta).

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