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Jueces pueden declarar la ilegalidad de un acto administrativo, al decidir una acción de grupo (3:57 p.m.)

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18 de Marzo de 2011

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Los jueces pueden declarar la ilegalidad de los actos administrativos, cuando decidan una acción de grupo. Así lo señaló la Sección Tercera del Consejo de Estado, al resolver una acción de grupo que varios habitantes de Montería (Córdoba) promovieron por la indebida liquidación del impuesto de alumbrado público. Según el fallo, plantear la posibilidad de que en una acción de grupo se pueda analizar el daño originado en un acto administrativo ilegal sin que se exija un pronunciamiento de nulidad sería absurdo. En este evento, explicó, el daño antijurídico se configuraría por la ilegalidad del acto administrativo, la cual debe ser declarada, para poder identificar el daño, imputárselo al Estado y condenarlo a pagar una indemnización (M. P. Enrique Gil Botero).

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