Inhabilitan a juez que ordenó entregar $ 1.700 millones, aunque no existía proceso ejecutivo (8:41 a.m.)
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16 de Febrero de 2018
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La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó la destitución del cargo e inhabilidad general por el término de 20 años a un juez civil municipal de Quibdó (Chocó). Ello por haber cometido la falta gravísima del numeral 1° del artículo 48 de la Ley 734 del 2002 (cometer un delito a título de dolo) y haber trasgredido el deber contemplado en el numeral 2° del artículo 153 de la Ley 270 de 1996, el cual impone, principalmente, desempeñar con honorabilidad, eficiencia, moralidad, lealtad e imparcialidad las funciones del despacho. En efecto, la Sala pudo comprobar que el disciplinado, en su condición de togado, ordenó entregar un título judicial por un valor de $ 1.700 millones sin que existiera proceso ejecutivo alguno que la justificara y, a su vez, por haber ordenado el pago de esos recursos, causando un detrimento patrimonial injustificado al Estado. “Su comportamiento quedó plenamente demostrado para elaborar un proceso ejecutivo que le permitiera, con la ayuda de una abogada, quedarse con unos emolumentos, sin que existiera un respaldo procesal para ello .Tejiendo toda una falsedad para lograr su deshonroso cometido e incurriendo, además, en una conducta ilegal”, concluye el fallo (M. P. Magda Victoria Acosta).
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