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Esta suma de dinero tendrá que pagar un defensor por no permanecer en una audiencia (11:09 a.m.)

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22 de Noviembre de 2017

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La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó la sentencia que sancionó con multa de casi $ 1 millón 500 mil a un defensor público declarado responsable de las faltas descritas en el numeral 1° del artículo 37 y en los numerales 1° y 10° del artículo 28 de la Ley 1123 del 2007, a título de culpa. Según reseña el proceso, el abogado, adscrito a la Defensoría del Pueblo Regional de Antioquia, se presentó a una audiencia de carácter penal y poco tiempo después la abandonó, aduciendo que no era obligatoria su asistencia; sin embargo, dicha entidad aseguró que en ningún momento se le instruyó para que dejara de asistir a las audiencias donde se resolvían recursos. Para la Sala, una situación es no tener que asistir a la diligencia en la que no concurran tampoco los procesados, pero si ellos estaban allí debía darse cumplimiento al artículo 29 Constitucional, en cuanto al aparte que establece: “quien sea sindicado tiene derecho a la defensa y a la asistencia de un abogado escogido por él o de oficio, durante la investigación y el juzgamiento” (M. P. Camilo Montoya Reyes).

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