Demandan funciones de la Superintendencia de Subsidio Familiar relacionadas con inversiones y gastos (1:36 p.m.)
27 de Septiembre de 2018
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Nota:
109437
Acaba de ser admitida una demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 6°, literal g) (parcial) de la Ley 25 de 1981; el artículo 54, numeral 2° (parcial), y el artículo 63 de la Ley 21 de 1982, los cuales regulan las funciones de la Superintendencia de Subsidio Familiar. Las normas regulan las negociaciones de bienes inmuebles de su propiedad y las funciones de los consejos directivos, dentro de las cuales se relacionan las inversiones en obras y programa sociales, así como los recursos destinados a atender gastos de la entidad. La demandante estima que se desbordan las funciones constitucionales de las superintendencias, ejercidas por delegación presidencial, y se interviene de forma injustificada en la libre inversión privada. En ese orden, solicita su expulsión del ordenamiento jurídico y, si lo considera la Corte Constitucional, realizar integración normativa del artículo 20 de la Ley 789 del 2002 (demandante: Tania Hernández Guzmán).
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