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Confirman suspensión provisional de varias disposiciones que regularon el estatuto de contratación referentes al plan integral de seguros de las entidades públicas (4:14 p.m.)

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02 de Marzo de 2012

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El Consejo de Estado confirmó la suspensión provisional de los incisos 2° y 3° del artículo 76 del Decreto 2474 del 2008, reglamentarios de las leyes 80 de 1993 y 1150 del 2007, en los que se permite, entre otras cosas, la adjudicación del manejo integral del plan de seguros a un solo intermediario de seguros. Según el recurrente, aunque se había concluido en el auto recurrido que se infringían los artículos 32 y 40 de la Ley 80, permanecía vigente el fundamento legal consagrado en la Ley 1150. El alto tribunal no estuvo de acuerdo con este argumento, por lo que aclaró que una norma reglamentaria no puede establecer limitaciones en cuanto al número de intermediarios de seguros que puede tener una entidad estatal, ni restringir el límite temporal de la vinculación del intermediario (C.P. Ruth Stella Correa Palacio).

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