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Abogado no volverá a litigar por utilizar un dictamen de invalidez falso (8:25 a.m.)

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02 de Octubre de 2017

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Una decisión reciente de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó el fallo en el que se excluye del ejercicio de la profesión a un abogado declarado responsable de cometer la falta descrita en el numeral 11 del artículo 33 de la Ley 1123 del 2007, a título de dolo. Así, la Sala consideró acertada la decisión a la que arribó el juez de instancia, al indicar que el disciplinado utilizó un dictamen falso, el cual anexó tanto en la reclamación administrativa en el Instituto de los Seguros Sociales como en la demanda laboral ordinaria que cursó en un juzgado laboral del circuito de Armenia (M. P. Julia Emma Garzón).

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