Abogada fue sancionada por dejar de hacer unas diligencias en un proceso de pertenencia (8:53 a.m.)
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08 de Mayo de 2017
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Una decisión reciente de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirma la censura contra una abogada, luego de haber incurrido en la falta descrita en el numeral 1° del artículo 37 de la Ley 1123 del 2007. Es necesario precisar que dicha falta se configura cuando se demora la iniciación o prosecución de las gestiones encomendadas o se dejan de hacer oportunamente. En efecto, y según reseña el expediente disciplinario, a la litigante no se le reprochó la demora en presentar la demanda en un proceso de pertenencia agraria, sino el haber dejado de hacer oportunamente las diligencias propias de su gestión, puesto que ante dos consecutivas inadmisiones dejó de subsanar la demanda y permitió que se diera su rechazo (M. P. Camilo Montoya Reyes).
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