Por presentar una contestación de demanda extemporánea, suspenden dos meses a un abogado (8:50 a.m.)
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24 de Octubre de 2019
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La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó la sanción de dos meses de suspensión del ejercicio de la profesión a un abogado que presentó de manera extemporánea la contestación de la demanda para la cual había sido contratado. Si bien el profesional adujo que el daño causado había sido resarcido a sus clientes, en tanto había reintegrado los honorarios, la Sala advirtió que ese hecho no lo exime de calificarlo como responsable de incurrir en las conductas contempladas en el numeral primero del artículo 37 de la Ley 1123 del 2007, que establece como falta a la debida diligencia profesional la demora en la iniciación o en la prosecución de las gestiones encomendadas. Con esa determinación, el alto tribunal pretende alertar a los demás abogados y evitar, así, la propagación de estas conductas negativas (M. P. Fidalgo Javier Estupiñán).
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