Para que un dictamen pericial quede en firme no es necesario que haya sido objetado previamente (8:43 a.m.)
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05 de Noviembre de 2013
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El hecho de que una de las partes procesales no objete un dictamen pericial durante el término legal no significa que este carezca de firmeza. Así lo señaló el Consejo de Estado, precisando que, en los términos del artículo 238 del Código de Procedimiento Civil, la objeción del dictamen pericial es una facultad que es discrecional ejercitarla, mas no una obligación que se deba agotar (C.P. María Claudia Rojas Lasso).
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