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No se viola debido proceso disciplinario al no vincular desde la indagación preliminar al investigado

Aplica si en ese momento del proceso no se tenía conocimiento de los implicados en los hechos irregulares. 
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Se configura un daño antijurídico cuando no se adjudica contrato al mejor oferente (Freepik)

16 de Diciembre de 2022

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Para verificar la trasgresión del derecho al debido proceso en los asuntos disciplinarios es necesario revisar si al investigado y a su apoderado se les dio la oportunidad de revisar el expediente para conocer las pruebas, presentar versión libre y descargos, solicitar la práctica de pruebas e interponer recursos y nulidades, para concluir que si en efecto ello sucedió no se puede sacrificar el principio que exige a las autoridades disciplinarias buscar la verdad y hacer justicia.

En el caso bajo estudio se determinó que no se violó el derecho al debido proceso de la demandante por no haberla vinculado desde un principio en la indagación preliminar, porque para ese momento no se tenía conocimiento de los implicados en los hechos irregulares, situación que varió una vez se recolectaron las pruebas pertinentes, con las que se permitió vincular a la actora y otros, actuación de la cual fueron debidamente notificados, conforme a lo establecido en la Ley 734 del 2002, además, una vez fue vinculada se le dieron a conocer sus derechos como investigada, dentro de los cuales estaba el de solicitar y aportar pruebas y contradecir las que obraran dentro de la investigación (C. P.: Rafael Francisco Suárez Vargas). 

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