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Exclusión por aportar dictamen de calificación de invalidez falso se suma a las 10 sanciones iguales impuestas a un abogado (10:42 a.m.)

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22 de Enero de 2020

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La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó la sanción de exclusión impuesta a un abogado, tras encontrarlo responsable de incurrir en la falta contra la recta y leal realización de la justicia descrita en el numeral 11 del artículo 33 de la Ley 1123 del 2007, que contempla el uso de pruebas o poderes falsos y la desfiguración o tergiversación de pruebas o poderes con el propósito de hacerlos valer en actuaciones judiciales o administrativas. En efecto, el alto tribunal evidenció que, durante el trámite para lograr el reconocimiento de la pensión de invalidez de su poderdante, el profesional del Derecho presentó un dictamen de calificación falso. A esta conducta se suman las reiteradas sanciones de exclusión impuestas al disciplinado, que, con la presente, acumula 11, según fue constatado en el registro de sus antecedentes (M. P. Pedro Alonso Sanabria).

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