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Destituyen a juez de ejecución de penas que concedió múltiples permisos a condenados por la justicia especializada (3:00 p.m.)

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31 de Octubre de 2019

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La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura destituyó a un juez de ejecución de penas y medidas de seguridad del departamento de Magdalena, luego de declararlo disciplinariamente responsable de inobservar los deberes previstos en el artículo 153 (numeral 1º) de la Ley Estatutaria de Administración de Justicia (Ley 270 de 1996), que establece el deber de respetar la Constitución, las leyes y los reglamentos. Según la providencia, el disciplinado concedió el beneficio administrativo de 72 horas a condenados por la justicia especializada, sin que ello fuera legalmente procedente, en tanto se le imponía dar aplicación al numeral quinto del artículo 147 del Código Penitenciario y Carcelario (Ley 63 de 1993), en lo que se refiere a la verificación de los presupuestos normativos allí exigidos. Justamente, la Sala reprochó no haber respetado y cumplido, dentro de su órbita de competencia, el deber relativo a hacer cumplir las leyes, emitiendo decisiones contrarias a derecho (M. P. Magda Victoria Acosta).

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