Demandan obligación de entregar documentos que se requieran en un proceso disciplinario
Para el demandante, la norma desconoce el derecho fundamental a la intimidad consagrado en el artículo 15 de la Constitución Política.
08 de Junio de 2023
La Corte Constitucional admitió una demanda en contra del artículo 189 de la Ley 1952 del 2019, que señala que quienes tengan documentos que se requieran en un proceso disciplinario tienen la obligación de ponerlos a disposición de la autoridad disciplinaria que los requiera de manera oportuna y de permitir su conocimiento.
Para el demandante, la norma desconoce el derecho fundamental a la intimidad, información personal y datos personales consagrados en el artículo 15 de la Constitución Política, al otorgarle al juez disciplinario el acceso a aquella información sin que exista límite o control previo o posterior (Demandante: José Leonardo Suárez Ramírez).
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