Crean juzgados especializados en restitución de tierras para garantizar derechos a víctimas del conflicto armado
18 de Enero de 2024
En cumplimiento de las órdenes judiciales proferidas por la Corte Constitucional en las sentencias SU-122 del 2022, la T-099 del 2021 y la T-341 del 2022, el Consejo Superior de la Judicatura aplicó criterios de priorización para distribuir medidas y recursos que permitan descongestionar la jurisdicción especializada en restitución de tierras.
Como consecuencia de lo anterior creó unos despachos y cargos permanentes en la jurisdicción ordinaria, así como adoptó medidas de traslado, transformación y supresión a efectos de garantizar la prestación del servicio de administración de justicia.
Así que a partir del jueves 11 de enero del 2024 se creó la Sala Especializada en Extinción de Domino del Tribunal Superior de Medellín, la cual tiene competencia sobre los asuntos provenientes de los distritos especializados de extinción de dominio de Antioquia, Barranquilla, Cúcuta, Medellín y Pereira. Esto también acarrea la creación del distrito especializado de extinción de dominio de Medellín con competencia territorial en el Distrito Judicial de Medellín con cabecera en dicha ciudad.
Queda a partir de la mencionada fecha la Sala Especializada en Extinción de Domino del Tribunal Superior de Bogotá con competencia sobre los asuntos provenientes de los distritos especializados de extinción de dominio de Bogotá, Cali, Neiva y Villavicencio.
Adicionalmente, se ordenó la creación de las secretarías generales de los tribunales superiores del distrito judicial de Antioquia, Cartagena, Cúcuta e Ibagué, así como de la Secretaría de la Sala Especializada en Extinción de Dominio del Tribunal Superior de Medellín.
Sumado a ello se dispuso la creación de cinco juzgados civiles del circuito especializados en restitución de tierras con enfoque étnico, para avanzar en la solución de los procesos que involucran derechos territoriales colectivos.
Otro cambio que se realizó fue la modificación con carácter permanente la competencia territorial de los distritos especializados de extinción de dominio de la siguiente manera:
Finamente, se ordena a los consejos seccionales de la judicatura efectuar la redistribución de procesos del más reciente al más antiguo de una manera en la que se garantice el equilibrio de las cargas laborales entre los despachos judiciales existentes y los creados.
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