Corte Constitucional precisa que la inhabilidad para contratar con el Estado fijada a los condenados por delitos de narcotráfico y lesa humanidad es permanente (9:12 a.m.)
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21 de Agosto de 2012
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La Corte Constitucional declaró inexequible la inhabilidad de 20 años para contratar con el Estado establecida para quienes hayan sido condenados por delitos relacionados con la pertenencia, promoción o financiación de grupos ilegales, delitos de lesa humanidad y narcotráfico en Colombia o en el exterior, fijada en el Estatuto Anticorrupción (Ley 1474 del 2011, art. 1). Según el alto tribunal, la disposición contraviene el artículo 122 de la Constitucional que establece dicha inhabilidad de manera vitalicia o permanente. Sin embargo, en el artículo se encuentran otro tipo de condenas que admiten la existencia de la inhabilidad por 20 años, como las relacionadas con conductas punibles contra la administración pública que no afecten el patrimonio del Estado. En esos casos, el legislador podía limitar la duración de la inhabilidad a 20 años. El magistrado Luis Ernesto Vargas salvó el voto porque estimó que no se podía hacer distinción entre los delitos contra la administración y los que fueron declarados inexequibles. Por su parte, Nilson Pinilla, María Victoria Calle y Gabriel Mendoza aclararon el voto (M. P. Mauricio González Cuervo).
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