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Amonestan a fiscal especializado por perder un manuscrito en la investigación de un homicidio agravado (9:08 a.m.)

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10 de Noviembre de 2016

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Una decisión reciente de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó la sentencia en la que se sanciona con amonestación escrita a un fiscal especializado en derechos humanos por haber desconocido los deberes consagrados en el numeral 1° y 11 del artículo 153 de la Ley 270 de 1996 y el numeral 3° del artículo 250 de la Constitución, así como lo dispuesto en el artículo 196 de la Ley 734 del 2002. Se debe precisar que se desconocen estas disposiciones cuando, principalmente, un funcionario judicial no responde por la conservación de los documentos, útiles, equipos, muebles y bienes confiados a su guarda o administración y tampoco  rinde oportunamente cuenta de su utilización. Según reseña el proceso disciplinario, una asistente judicial puso en conocimiento del Consejo Superior de la Judicatura de Neiva la pérdida de un documento manuscrito por parte de un fiscal especializado dentro de la investigación de un homicidio agravado. Mediante escrito, el disciplinable presentó su versión sobre los hechos indicando que no fue su responsabilidad la pérdida del documento, por cuanto fue el defensor el que solicitó las copias y que para garantía de que devolvería los documentos solicitados dejó un documento de identificación, “forma que se acostumbra en los despachos judiciales para garantía de los derechos fundamentales de los procesados”. Para la Sala, el hecho de entregar documentos sin la debida precaución y con los procedimientos adecuados, es decir, con los protocolos previstos para la cadena de custodia, hace que ocurran situaciones como el extravío del manuscrito entregado en custodia al funcionario encartado. Lo anterior porque al funcionario judicial le están vedados esta clase de comportamientos, dado que terminan vulnerando la administración de justicia y, por ende, la confianza del público (M.P. José Ovidio Claros).

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