Al permitir que decisiones judiciales de un Estado surtan efecto en otro se reconoce la realidad de un mundo globalizado: Corte Suprema (9:50 a.m.)
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20 de Mayo de 2014
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Permitir que las decisiones judiciales adoptadas en un Estado surtan efecto en otro es reconocer, en el marco del Derecho, la realidad de un mundo globalizado en el que la migración de personas está a la orden del día, así lo señaló la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia al otorgar efecto jurídico a una sentencia proferida por un juzgado de familia de Northeim (Alemania) que tuvo por “disuelto por divorcio” un matrimonio civil. Además, ordenó la inscripción de este acto en el registro civil de nacimiento de la solicitante, en cumplimiento del artículo 13 del Decreto 1873 de 1971 y los artículos 6º, 106 y 107 del Decreto 1260 de 1970 (M .P. Fernando Giraldo Gutiérrez).
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