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Absuelven a abogado al dar aplicación al principio de in dubio pro disciplinario

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05 de Abril de 2021

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La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura dispuso revocar una sentencia proferida por la Seccional de la Judicatura de Bogotá, que sancionó con suspensión de 12 meses en el ejercicio de la profesión y multa de cinco salarios mínimos legales vigentes a un abogado, tras hallarlo responsable de incurrir en la falta disciplinaria consagrada en el numeral 4° del artículo 30 de la Ley 1123 del 2007, en la modalidad de dolo, y en su lugar dispuso absolverlo. Según la Sala, el Estado no pudo demostrar con certeza que el investigado haya actuado de mala fe para con el quejoso, por lo tanto se debe dar aplicación al principio constitucional de in dubio pro disciplinario. Tampoco puede reprochársele al profesional del Derecho una indiligencia de la cual no se tiene certeza de haberse comprometido, toda vez que este abogado no tuvo participación en los actos de asesoría brindada por la firma de abogados, ni fue designado por esta para llevarlos a cabo. Convoca más detalles del caso en el texto adjunto (M. P. Camilo Montoya Reyes).

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