Violación es violación: la zoofilia jurídicamente hablando
El reconocimiento de los derechos de los animales y la incorporación de medidas punitivas claras contra el bestialismo no pueden seguir postergándose.
13 de Marzo de 2025
Carlos Andrés Muñoz López
Abogado y filósofo, magíster en Bioética
Autor del libro ‘Los animales desde el derecho’
“Quien viola a un animal puede violar a un niño”. Esta consigna, utilizada en un inicio para promover el Proyecto de Ley 006 de 2024 del Senado de la República, resume una realidad inquietante: la conexión entre la violencia sexual contra los animales y los abusos cometidos contra seres humanos. En Colombia, la violencia sexual es una problemática alarmante, con un alto porcentaje de víctimas pertenecientes a poblaciones vulnerables, como niños y niñas. Sin embargo, esta discusión no puede limitarse exclusivamente a los seres humanos, pues los patrones de abuso pueden estar interconectados en algunas ocasiones, lo que exige una política criminal integral y efectiva.
Es importante aclarar que no se trata de equiparar a humanos y animales, sino de reconocer que quienes cometen actos sexuales contra animales lo hacen desde una lógica de dominio y cosificación que no distingue muchas veces especie. La violación no es solo un acto sexual, sino un acto de poder. Quien viola a un animal lo hace desde la convicción de su superioridad y su derecho de someter a otro ser vivo, una misma lógica que se encuentra en la violencia sexual contra niños, niñas, mujeres y muchos grupos poblacionales de personas en estado de indefensión. La idea de que existe un ser inferior sobre el que se puede ejercer control y explotación es una característica común en estos delitos. Abordarlos desde una perspectiva integral que no los trate como eventos aislados, sino como un ecosistema criminal que se alimenta de múltiples actos y espacios en la sociedad.
A pesar de que la zoofilia o bestialismo es reconocida como un acto aberrante, en algunos sectores de la sociedad colombiana su normalización persiste. En ciertas regiones de la costa Atlántica, por ejemplo, se considera “normal” que jóvenes inicien su vida sexual con equinos, burras y hasta gallinas y peces, perpetuando prácticas que no solo vulneran a los animales, sino que también fomentan una cultura de cosificación y abuso. Esta realidad demuestra la urgencia de que el Estado intervenga con medidas claras y contundentes.
Desde el punto de vista jurídico, cualquier acto sexual no consentido constituye una violación o un acceso carnal violento. Sin embargo, en el caso de los animales, la legislación colombiana aún no tipifica la zoofilia o bestialismo como un delito autónomo. Actualmente, la Ley 1774 de 2016, que reconoce a los animales como seres sintientes, establece en su artículo 339A del Código Penal que el maltrato animal puede incluir actos de abuso sexual, pero solo como un agravante, sin una tipificación independiente. Esto implica que solo es castigada si se logra probar que hubo un menoscabo físico o sufrimiento grave para el animal, dejando un margen de impunidad considerable. Por ejemplo, si el animal no es muerto o maltratado gravemente, los actos sexuales con animales no son delito ni están abordados directamente desde alguna sanción.
El Congreso de la República discute desde el año pasado un proyecto de ley, identificado como el Proyecto de Ley 006 de 2024, que busca tipificar la zoofilia o el bestialismo como un delito independiente. Este proyecto propone modificar el Código Penal para incluir el artículo 339C, que castigaría a quienes incurran en actos sexuales con animales independientemente de que haya maltrato grave o no. Ahora que la legislación se reactiva, es fundamental que se agenden sus debates y aprobaciones en las sesiones que restan de la legislatura.
No solo se trata de hacer justicia con los animales, sino también de fortalecer una política criminal coherente que prevenga y sancione estos actos, pues la conexión entre el abuso animal y la violencia contra seres humanos está documentada en diversos estudios criminológicos; por lo tanto, cerrar esta brecha legal no es solo una medida de protección animal, sino una acción preventiva para la sociedad en su conjunto. Países como Alemania, Francia y Reino Unido ya han tipificado el bestialismo como un delito autónomo, lo que demuestra la necesidad de que Colombia se alinee con estos estándares internacionales.
El reconocimiento de los derechos de los animales y la incorporación de medidas punitivas claras contra el bestialismo no pueden seguir postergándose. Es momento de que Colombia avance en la consolidación de un marco jurídico que sancione de manera autónoma los actos sexuales con animales y refuerce el compromiso estatal con una justicia que proteja a todos los seres vulnerables, sin distinción de especie. El Proyecto de Ley 006 de 2024 representa un paso crucial en este camino y su pronta aprobación garantizaría un avance significativo en la lucha contra la impunidad.
¡Violación es violación, la zoofilia al Código Penal!
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