Importancia de la prueba indiciaria en los delitos de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes
Permite al juez, con base en una lógica razonada, determinar si el porte de la sustancia estaba orientado al tráfico.
10 de Marzo de 2025
Tratándose del delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, en los términos del artículo 376 del Código Penal, resulta necesario diferenciar si la persona portadora de la sustancia tiene la condición de simple consumidor de alucinógenos prohibidos o si el comportamiento objeto de juzgamiento está relacionado con tráfico, pues solo este último evento es penalizado.
Por lo tanto, indicó la Corte Suprema de Justicia, el porte de una cantidad de droga compatible exclusivamente con el propósito de consumo inmediato o con fines de aprovisionamiento para futuras ingestas es una conducta penalmente atípica, pero si se desvirtúa ese ingrediente subjetivo, la acción corresponde a la ilicitud descrita.
Ahora bien, imponer a la Fiscalía el deber de demostrar mediante pruebas directas que el acusado efectivamente comercializaba sustancias ilícitas implica una carga probatoria excesiva e irracional que desnaturaliza la lucha contra el narcotráfico y conlleva riesgos de impunidad, pues se trata de una exigencia que desconoce la estructura y dinámica del delito de tráfico de estupefacientes que, por su propia naturaleza, se desarrolla en contextos de clandestinidad.
Cobra especial protagonismo la prueba indiciaria que, al ser un mecanismo legítimo de acreditación probatoria, permite inferir elementos de difícil demostración mediante pruebas directas, siempre que se construya a partir de hechos debidamente constatados, reglas de la experiencia válidas y una valoración integral de los medios de convicción.
Así las cosas, resulta indiscutible que en los delitos de tráfico de estupefacientes cobre especial relevancia la prueba indiciaria, pues en la mayoría de los casos no se cuenta con pruebas directas. Esta prueba permite a los jueces valorar de manera integral los elementos de convicción que obran en la actuación y, con base en una lógica razonada, determinar si el porte de la sustancia estaba orientado al tráfico (M. P. Carlos Roberto Solórzano Garavito).
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