Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Suspenden provisionalmente norma que establece requisitos para postulación a cargos de dirección de cooperativas

No se deben estandarizar los requisitos que deben cumplir quienes aspiren a ser elegidos como directivos de organizaciones solidarias.
165579
Imagen
Variar fuente u origen de la prueba puede afectar la tesis de defensa (Freepik)

09 de Agosto de 2023

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis

El Consejo de Estado decretó la medida cautelar de suspensión provisional de los numerales 5.1.2 y 6.5.1 del Capítulo VI, Título II de la Circular Básica Jurídica, modificados por la Circular Externa 20224400083742 del 2022, expedidos por la Superintendencia de la Economía Solidaria, que indica los requisitos que deben cumplir quienes aspiren a ser elegidos como directivos de los consejos de administración de las cooperativas de ahorro y crédito.

Para la Sala, los requisitos para el acceso a los órganos de administración y vigilancia son un asunto de reserva legal que fue regulado por la Ley 454 de 1998, cuyo artículo 7º  dispone que las organizaciones del sector solidario, en sus estatutos y en virtud de su autonomía, son las llamadas a establecer tales requisitos y para ello tendrán en cuenta la capacidad, las aptitudes personales, el conocimiento del sector, la integridad ética y la destreza de quienes aspiren a ejercer la representación de dichas asociaciones.

Por ende, la alta corte indica que no resulta procedente homogeneizar los requisitos que deben cumplir quienes aspiren a ser elegidos como directivos de tales organizaciones solidarias, ya que los estatutos o reglamentos de una organización cooperativa de ahorro y crédito, de maestros, médicos, campesinos o de cualquier industria difieren por sus objetivos, características y operaciones, y todo ello impide una estandarización.

Sumado a lo anterior, el despacho considera que la regulación contenida en el acto acusado constituye una evidente intromisión en los principios de autogobierno y autogestión propios de dichas organizaciones (C. P.: Roberto Augusto Serrato Valdés).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)