Superindustria confirma sanción contra Rappi por más de $ 180 millones
19 de Mayo de 2022
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Nota:
143256
La Superintendencia de Industria y Comercio, con la Resolución 14457, confirmó la sanción contra la compañía Rappi S. A. por $ 184.338.130, por las siguientes razones:
- Es imperativo, no facultativo, que los responsables o encargados del tratamiento de datos personales garanticen oportuna y debidamente los derechos constitucionales y legales de las personas, las organizaciones deben obrar de manera profesional, diligente y efectiva, de acuerdo con lo previsto en el artículo 15 de la Constitución.
- Fue negligente en no suprimir el dato del titular de la información dentro del máximo término establecido por la ley, 15 días hábiles, ya que se presentó la solicitud el 14 de marzo del 2018 y la empresa realizó la supresión hasta el 7 de septiembre del mismo año.
- Ni la responsabilidad, ni la sanción frente a quien incumple el régimen jurídico de protección de datos personales se desvanece ante la configuración de un "hecho superado", y no significa que desaparezcan las eventuales irregularidades en que incurrió, por lo que la superintendencia tiene plenas facultades para iniciar una actuación administrativa de carácter sancionatorio.
- La multa impuesta equivale el 10,13 % del máximo legal permitido por el artículo 23 de la Ley 1581/12.
- RAPPI ya había sido sancionada por infracciones al derecho fundamental de habeas data, mediante la Resolución 9800/19, en donde se estableció que el titular tuvo que presentar dos solicitudes para que suprimiera su información y dicha compañía se demoró más de 22 meses en el proceso.
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