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Actualizado hace 27 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


Superfinanciera imparte instrucciones relacionadas con la reserva por insuficiencia de activos (3:22 p.m.)

20 de Diciembre de 2019

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Nota:
114516
Continuando con la reglamentación del régimen de reservas técnicas, la Superintendencia Financiera estableció la metodología para el cálculo de la reserva por insuficiencia de activos. Por lo tanto, modificó el subnumeral 2.2.3 del Capítulo II, Título IV, Parte II de la Circular Básica Jurídica (CBJ) de la SFC. Por ejemplo, las entidades destinatarias deben presentar a la superintendencia un plan de implementación debidamente aprobado por la junta directiva, dentro de los dos meses siguientes a la expedición de la nueva circular. La Superfinanciera podrá autorizar un periodo de transición para la constitución de la reserva por insuficiencia de activos, cuando a solicitud de la entidad aseguradora y con base en los impactos presentados en el mencionado plan, se considere necesario. También creó el Formato 404 (Proforma F-3000-93) Anexo 74: Reserva por insuficiencia de activos – RIA, con su correspondiente instructivo. Para asegurar la correcta transmisión de la información, las entidades deberán realizar pruebas obligatorias entre el 17 y el 28 de febrero del 2020, con información de pasivos al corte del 30 de septiembre del 2019 y de activos al corte del 31 de octubre del mismo año. La primera transmisión oficial se realizará en los plazos establecidos en el referido formato, con información de pasivos al corte del 31 de marzo del 2020 y de activos al corte del 30 de abril del mismo año.

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