Superfinanciera imparte instrucciones relacionadas con la ley de sometimiento de organizaciones criminales (8:45 a.m.)
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26 de Septiembre de 2019
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La Ley 1908 del 2018 (Ley de sometimiento de organizaciones criminales) estableció restricciones a las cuentas bancarias y operaciones en efectivo de las personas condenadas por los delitos enumerados en su artículo 30-A. Estas restricciones consisten en la prohibición de realizar operaciones mensuales en efectivo en montos superiores a 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes y el deber de manejar sus recursos en una cuenta bancaria única, así como la prohibición de manejar recursos de liquidez a través de otros productos financieros distintos a la referida cuenta bancaria. El parágrafo 2º del artículo 30-A de la referida Ley 1908 dispuso que la Superintendencia Financiera regulara lo necesario para garantizar el acceso al sistema financiero de los condenados por estos delitos y asegurar el cumplimiento por parte de sus vigiladas de estas disposiciones. En consecuencia, la entidad adicionó el numeral 1.6. al Capítulo I del Título III de la Parte I de la Circular Básica Jurídica, relacionado con las instrucciones especiales referidas a la restricción de cuentas bancarias y operaciones en efectivo establecidas en la ley.
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