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Sucursal de compañía extranjera que realiza sus únicas operaciones en Colombia se puede aportar a una sociedad de nueva creación (2:20 p.m.)

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15 de Abril de 2010

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Trasladar el domicilio de una sociedad extranjera a Colombia no es jurídicamente viable, pues para que una compañía del exterior pueda emprender negocios permanentes en el país debe establecer una sucursal, precisó recientemente la Superintendencia de Sociedades. Sin embargo, en el evento en que la sucursal en Colombia realice acá las únicas operaciones de la compañía, se puede optar por aportarla como establecimiento de comercio a una sociedad colombiana de nueva creación, si se quiere una sociedad por acciones simplificada. De esta manera, se cumpliría la finalidad perseguida, indicó la entidad.

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