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Mercantil


Miembros de junta de SAS no deben cumplir formalidades para emitir acciones o bonos

El artículo 4º de la Ley 1258 impide que las SAS negocien valores en el mercado público, recordó la Supersociedades.
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08 de Octubre de 2012

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La Ley 1258 del 2008, que creó las sociedades por acciones simplificadas (SAS), no establece ninguna condición para que el representante legal o los miembros de la junta directiva coloquen acciones o emitan bonos u otros títulos de deuda, como tampoco lo hace el Código de Comercio.

 
Aunque la ley regula algunos aspectos relacionados con dichas operaciones, no impone formalidades adicionales, cuando la sociedad pretenda incursionar en el mercado de valores realizando ofertas públicas, señaló la Superintendencia de Sociedades.

 
En todo caso, se debe tener en cuenta que el artículo 4º de la Ley 1258 impide que las SAS negocien valores en el mercado público.

 
(Superintendencia de Sociedades, Concepto 220-72587, ago. 30/12)

 

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