La sociedad no está obligada a facilitar a los asociados la información grabada sobre las reuniones del máximo órgano social (8:00 a.m.)
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17 de Febrero de 2010
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La sociedad no está obligada a facilitar a los asociados la información contenida en medios magnéticos sobre lo sucedido durante la celebración de una reunión del máximo órgano social, pues estos cuentan con la posibilidad de efectuar su propia grabación y el deber de custodiarla y no utilizarla indebidamente, indicó la Superintendencia de Sociedades. En el evento de responsabilidad de los administradores, por no tratarse directamente de la impugnación de las decisiones, no existe tampoco obligación de procurar documentos al solicitante, pues en este caso la solicitud de pruebas puede hacerse en la demanda, por lo que será entregada a solicitud del despacho judicial, señaló la entidad.
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