Integrantes de una sociedad colombiana absorbida por una extranjera se rigen por normas del exterior (2:13 p.m.)
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18 de Septiembre de 2012
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A los socios ausentes o disidentes dentro de un proceso de fusión por absorción de una sociedad colombiana por una sociedad extranjera, bien porque no estaban dentro de los presupuestos para ejercer su derecho de retiro o porque renunciaron al mismo, que mantienen su participación en el capital de la sociedad absorbente, se les aplica el régimen legal del exterior, precisó la Superintendencia de Sociedades. En este evento, la inversión del socio nacional colombiano debe haberse registrado en el Banco de la República como una inversión colombiana en el exterior.
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