12 de Enero de 2025 /
Actualizado hace 4 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


Acreedor laboral puede solicitar que se inicie la liquidación judicial de la sociedad, directamente o por conducto de apoderado (12:15 p.m.)

07 de Julio de 2011

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Nota:
74477
De acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 1116 del 2006, un acreedor laboral puede solicitar la liquidación judicial de una sociedad comercial que se encuentre en cesación de pagos, directamente o por conducto de apoderado, indicó la Superintendencia de Sociedades. No obstante, si un juez de la República ya reconoció la prestación reclamada, la sentencia respectiva es el título de una obligación clara, expresa y exigible, cuyo pago puede hacerse efectivo a través de un proceso ejecutivo, señaló la entidad.

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