Sindicación de acciones es distinta a la representación de los socios en las reuniones del máximo órgano social (12:49 p.m.)
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07 de Febrero de 2012
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El acuerdo conocido como sindicación de acciones, que hace referencia a un pacto o convenio suscrito entre socios o accionistas no administradores, para ejercer conjuntamente el derecho a voto en las asambleas o juntas de socios relacionadas con asuntos de la actividad social, y que puede incluir o no la representación de quienes lo suscriben, va más allá de la simple representación prevista en el artículo 184 del Código de Comercio, la cual solo requiere de un poder o autorización por escrito de los socios o accionistas, en el que se indique la reunión o reuniones para las que se confiere. Así lo precisó la Superintendencia de Sociedades, en oficio de enero.
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