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Actualizado hace 20 segundos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


SIC reanuda términos en trámites de verificación ante el incumplimiento de órdenes impartidas

07 de Julio de 2020

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Nota:
116693

La Superintendencia de Industria y Comercio reanudó, desde el pasado 1° de julio, los términos de ley de los trámites de verificación de cumplimiento de que trata el numeral 11 del artículo 58 de la Ley 1480 del 2011, en lo relacionado con las acciones que adelanta la entidad ante el incumplimiento de órdenes impartidas en sentencia o una conciliación o transacción realizadas en forma legal. Se usarán las tecnologías de la información y las comunicaciones habilitadas por la entidad, en concordancia con lo previsto en el artículo 3° del Decreto 491 del 2020. Los servidores de la Delegatura utilizarán los medios tecnológicos en todas las actuaciones, comunicaciones, notificaciones y permitirán a las partes, abogados, terceros e intervinientes actuar en el trámite de verificación del cumplimiento mediante los medios disponibles, sin exigir formalidades innecesarias. Los memoriales, poderes y demás comunicaciones podrán ser enviados y recibidos por correo electrónico evitando presentaciones o autenticaciones personales o adicionales de algún tipo.

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